lunes, 26 de septiembre de 2016

NIA 706

PÁRRAFO DE ÉNFASIS


Cuando el auditor considera necesario llamar la atención sobre un asunto específico presentado en los estados financieros que es de importancia y pertinente para que los usuarios entiendan los estados financieros, la auditoria, las responsabilidades del auditor y su dictamen; el auditor debe incluir un párrafo de énfasis en el dictamen teniendo en cuenta que ha obtenido la suficiente y apropiada evidencia para soportarlo. 

Este párrafo no afecta la opinión del auditor y debe incluirse después del párrafo de opinión en el dictamen, presentado con el título “Énfasis de asunto” y describir claramente la referencia al asunto indicando que no hay ninguna modificación a la opinión del auditor.

Los párrafos de énfasis destacan entonces, en el dictamen, hechos o circunstancias que tienen importancia para el lector de los estados financieros i que conviene llevarle a su atención, aunque dichos hechos y circunstancias no alteren el sentido de la expresión profesional manifestada en el dictamen.

Se tiene que emitir párrafo de énfasis cuando:

a)    Cuando existan contingencias importantes, no cuantificables, tales como demandas o juicios contra la empresa.

b)    Cuando existan problemas que pongan en duda la continuidad del negocio y coloquen en riesgo la norma de información financiera denominada "negocio en marcha".

c) Cuando existan cambios en la aplicación de las normas de información financiera o en las reglas particulares, razonables y justificados que produzcan efectos de gran importancia, que alteren o afecten la comparabilidad de las cifras de un ejercicio con el ejercicio previo.

d)Cuando se efectúen ajustes o correcciones importantes a los resultados de ejercicios anteriores para corregir errores u omisiones cometidos en aquéllos.

e) Cuando existan operaciones importantes con partes relacionadas.
f) Cuando la empresa en cuestión se encuentre en etapa preparativa, en liquidación, se haya fusionado, escindido, etcétera.
Énfasis de asunto

Queremos llamar la atención a la nota x de los estados financieros que describe la falta de seguridad relacionada con el resultado de la demanda legal, presentada contra la compañía por la compañía XYZ. Nuestra opinión no incluye salvedad en relación con este asunto.”

PARRÁFO DE OTROS ASUNTOS



 Si el auditor considera necesario comunicar un asunto adicional y este es importante y pertinente para que los usuarios de los estados financieros entiendan los estados financieros,  la auditoria, las responsabilidades del auditor o su dictamen; siempre y cuando sea posible de acuerdo a las normas y regulaciones pertinentes, el auditor deberá incluir un párrafo en el dictamen del auditor titulado “otro asunto”, y deberá estar después del párrafo de la opinión y cualquier párrafo de énfasis, si los hay.




jueves, 22 de septiembre de 2016

NIA 705


OPINION MODIFICADA EN EL INFORME DE AUDITORIA EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE.
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión, concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros, también trata del modo en que la estructura y el contenido del informe de auditoría se ven afectados cuando el auditor expresa una opinión modificada. 

Tipos de opinión modificada

·         Opinión modificada
·         Opinión desfavorable
·         Denegación de opinión

La decisión sobre el tipo de opinión modificada que resulta adecuado depende de:

·      La naturaleza de la cuestión que origina la opinión modificada, es decir, si los estados financieros contienen incorrecciones materiales o, en el caso de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, si pueden contener incorrecciones materiales;

·    El juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posibles efectos de la cuestión en los estados financieros. 

OPINIÓN CALIFICADA

Un dictamen que contiene una opinión calificada o con salvedad, establece que “excepto por los efectos del (de los) asunto (s) con la salvedad, los estados financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes, la situación financiera, el resultado de sus operaciones y el flujo de efectivo de la entidad, de conformidad con Principios de Contabilidad”.


“En una opinión calificada, el auditor concluye que no puede expresar una opinión no calificada, pero que el efecto de cualquier desacuerdo con la administración o limitación en el alcance no es de tanta importancia relativa ni tan dominante como para requerir una opinión adversa o una abstención de opinión. Una opinión calificada deberá expresarse como “excepto por” los efectos del asunto a que se refiere la salvedad”.

El auditor concluye que no puede expresar una opinión no calificada, pero el efecto no es tan importante para requerir una opinión adversa o abstenerse de opinar sobre la razonabilidad de los estados financieros de la entidad. 

El auditor emite un dictamen que contiene una opinión calificada, cuando:
a) Le impiden el desarrollo de procedimientos considerados necesarios 
b) No ha logrado acumular suficiente evidencia importante. 
c) Existen restricciones en el alcance de la auditoria.  
d) Existen incertidumbre importantes que afecten los estados financieros 
e) Los estados financieros contienen una desviación de los Principios de Contabilidad o políticas contables, cuyo efecto es importante. 
f) Hubo un cambio importante de principios o políticas contables Cuando el auditor expresa una opinión calificada, debe revelar en el dictamen en uno o más párrafos anteriores al párrafo de opinión, las razones importantes que ameritan la salvedad. Debe, además incluir en el párrafo de opinión la frase “excepto por” o “a excepción de”, como salvedad y hacer referencia al párrafo explicativo precedente. 

OPINIÓN ADVERSA

El auditor expresa una opinión adversa o negativa cuando “establece que los estados no presentan razonablemente la situación financiera, el resultado de sus operaciones, ni el flujo de efectivo de la entidad, de conformidad con Principios de Contabilidad”.

Se expresa una opinión adversa, cuando el auditor establece que “los estados financieros tomados en conjunto son erróneos o engañosos en forma importante, por tanto, no presentan razonablemente la situación financiera de la entidad de conformidad con los Principios de Contabilidad”.

Una opinión adversa deberá expresarse “cuando el efecto de un desacuerdo sea de tanta importancia relativa y tan dominante para los estados financieros que el auditor concluya relativamente que una opinión calificada del dictamen no es adecuada para revelar la naturaleza equivoca o incompleta de los estados financieros”.

Una opinión adversa declara que los estados financieros no están presentados razonablemente, siempre que el auditor tiene conocimiento de haber evaluado evidencia suficiente y competente. Si el auditor considera expresar una opinión adversa, debe revelar en uno o más párrafos explicativos, anteriores al párrafo de opinión, las razones importantes y los efectos principales que ameritan una opinión adversa sobre los estados financieros. 


ABSTENCIÓN OPINIÓN 

Una abstención o negación de opinión “establece que el auditor no expresa una opinión sobre los estados financieros”
Una abstención de opinión deberá expresarse “cuando el posible efecto de una limitación en el alcance sea de tanta importancia relativa y tan dominante que el auditor no haya podido obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría y, en consecuencia, no pueda expresar una opinión sobre los estados financieros”. 

El auditor se abstiene de opinar sobre los estados financieros tomados en conjunto, cuando: a) El auditor no es independiente. b) Existe una falta de evidencia suficiente, sea por una severa limitación del alcance de la auditoría para formarse una opinión sobre los estados financieros. c) Existe una incertidumbre por un supuesto de continuar como Negocio en Marcha, cuyo efecto es importante para los estados financieros.  











martes, 13 de septiembre de 2016

NIA 700


Formación de la opinión y emisión del informe de Auditoría sobre los Estados Financieros

Esta norma internacional prácticamente trata de la responsabilidad que tienen los auditores de poder formarse una opinión sobre los estados financieros, también trata de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoria de estados financieros.

Es aplicable a las auditoras e estados financieros correspondientes a períodos terminados a partir del 15 de diciembre de 2016.

Dentro de los objetivos de esta NIA es la formación de una opinión sobre estados financieros basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida y la expresión de dicha opinión con claridad mediante un informe escrito.

ESTADOS FINANCIEROS CON FINES GENERALES
Los estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines generales.

Marco de imagen fiel:      Se utiliza para referirse a un marco de información financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y reconocer la forma para la presentación fiel de los estados financieros.

Marco de cumplimiento:     Se utiliza para referirse a un marco de información financiera requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin contemplar las posibilidades descritas.

OPINIÓN NO CALIFICADA


En una opinión no calificada sinónimo de una opinión limpia, estándar, o sin salvedades, el auditor emite un dictamen que “establece que los estados financieros se presentan razonablemente en todos los aspectos importantes, la situación financiera, los resultados de sus operaciones y el flujo de efectivo de una entidad, de conformidad con Principios de Contabilidad”.

¿Cuando se expresa una opinión No Calificada?
“Cuando el auditor concluye que los estados financieros dan un punto de vista verdadero y justo o se presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera”.

Una opinión no calificada, se expresa cuando en el desarrollo de la auditoría se han cumplido las siguientes condiciones: 
a) Se incluyen todos los estados financieros básicos de la entidad. 
b) El auditor ha asegurado las tres normas personales: (i) Preparación técnica y capacidad profesional. 
        (ii) Cuidado profesional. 
     (iii) Actitud independiente. 
c) Se ha reunido suficiente evidencia, como resultado de haber desarrollado las tres normas de ejecución del trabajo. 
d) Los estados financieros se presentan de acuerdo con un marco de referencia de información financiera relevante. 

Una opinión no calificada también indica que han sido determinados y revelados, en forma apropiada en los estados financieros de la entidad, cualquier cambio en principios contables o en el método de su aplicación y los efectos consecuentes.  


ELEMENTOS DEL INFORME

TÍTULO

Un título que indique que el informe es el informe de un auditor independiente, por ejemplo, "Informe de auditoría emitido por un auditor independiente" distingue el informe de un auditor independiente de los informes emitidos por otros.

DESTINATARIO

Las disposiciones legales, reglamentarias o los términos del encargo pueden especificar a quién debe dirigirse el informe de auditoría en la jurisdicción correspondiente. El informe de auditoría normalmente se dirige a las personas para las que se prepara el informe, a menudo a los accionistas o a los responsables del gobierno de la entidad cuyos estados financieros se auditan.

OPINION DEL AUDITOR

El informe de auditoría pone de manifiesto, por ejemplo, que el auditor ha auditado los estados financieros de la entidad, que comprenden [mencionar el título de cada uno de los estados
financieros que conforman el conjunto completo de estados financieros requeridos por el marco de información financiera aplicable, especificando la fecha o periodo cubierto por cada estado financiero] y las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas.

FUNDAMENTO DE LA OPINION
La sección "Fundamento de la opinión" proporciona un contexto importante para la opinión del auditor. En consecuencia, esta NIA requiere que la sección "Fundamento de la opinión" se sitúe inmediatamente después de la sección "Opinión" en el informe de auditoría.

EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

CUESTIONES CLAVE

Es posible que las disposiciones legales o reglamentarias requieran que se comuniquen las cuestiones clave de la auditoría en el caso de auditorías de entidades que no sean entidades cotizadas, por ejemplo, entidades que se definen como entidades de interés público en dichas disposiciones legales o reglamentarias.

El auditor también puede decidir comunicar las cuestiones clave de la auditoría en el caso de otras entidades, incluidas las que pueden tener un interés público significativo, por ejemplo, porque tienen un gran número y un amplio espectro de interesados y teniendo en cuenta la naturaleza y dimensión de sus negocios. Ejemplos de dichas entidades pueden incluir instituciones financieras (tales como bancos, entidades aseguradoras y fondos de pensiones), y otras entidades como organizaciones benéficas.

RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN

La NIA 200 explica la premisa, relativa a las responsabilidades de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad, a partir de la cual se lleva a cabo una auditoría de conformidad con las NIA.
La dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad, reconocen su responsabilidad de preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, incluida, cuando proceda, su presentación fiel. La dirección también reconoce ser responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error.
La descripción de las responsabilidades de la dirección en el informe de auditoría incluye una referencia a ambas responsabilidades, ya que ayuda a explicar a los usuarios la premisa a partir de la cual se lleva a cabo una auditoría.

RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR

OTRAS RESPONSABILIDADES DE INFORMACIÓN

NOMBRE DEL SOCIO DEL ENCARGO

FIRMA DEL AUDITOR

DIRECCIÓN DEL AUDITOR


FECHA DEL INFORME






















jueves, 1 de septiembre de 2016

INFORME AUDITORÌA INTERNA, EXTERNA E INFORMES GERENCIALES

INFORME DE AUDITORIA INTERNA


Los informes deben de tener las características de ser  precisos, objetivos, claros, concisos, constructivos, y oportunos.

Es funcional para:

· Verificar el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos.
.· Monitoreo del desempeño de las actividades de la institución y el desempeño de los funcionarios y empleados responsables de las áreas operacionales.
· Asignación de recursos.
 · Toma de decisiones.

ALCANCE
Indicamos las áreas examinadas y el período examinado durante la auditoría. Los procesos y actividades evaluadas; tipo de análisis realizado (exhaustivo o selectivo); criterios utilizados para la selección de la muestra, así como las limitaciones encontradas.

OBJETIVO GENERAL
Corresponde al propósito de la actuación, lo que se espera determinar de manera general; se refiere al qué queremos conseguir. Se debe evitar que su formulación pueda entenderse como actividad o acción.

ENFOQUE
Percepción o perspectiva que orientó el análisis, lo que se pretende evaluar. Una intervención puede o no tener diversos enfoques conceptuales, normativos, técnicos, presupuestarios, económicos o asignarle mayor peso a alguno de ellos. Los puntos antes mencionados pueden presentarse como un solo párrafo o secciones separadas.


Toda organización procesa información financiera, no financiera, como consecuencia de actividades y eventos (internos y externos) que inciden en el logro de sus planes, metas y objetivos.

Esta información debe ser identificada por la alta dirección como importante para el manejo de la misma y debe ser utilizada por aquellas personas que la necesitan.

 Al término de la auditoría, se presentarán sus resultados, a través de un informe que debe redactarse en forma lógica, objetiva, imparcial y constructiva, poniendo de manifiesto las desviaciones encontradas.

El informe de auditoría debe presentarse oportunamente, con el objeto de que la información en él contenida sea actual, útil y valiosa, así como para que las autoridades a quienes corresponda, adopten de forma inmediata las medidas correctivas a que hubiere lugar a fin de subsanar las deficiencias señaladas.

En el informe de auditoría se describirán los hechos o situaciones detectadas, de tal forma que se expongan las observaciones y/o hallazgos, de acuerdo con los objetivos planteados en la auditoría.

Estructura

Fecha del informe:  Fechado de acuerdo a la fecha de la terminación de la revisión.

Destinatario: Junta Directiva o Gerencia de acuerdo a los niveles jerárquicos en la organización, con copia a la persona a cargo de la función que se revisó.

Párrafo de Introducción: debe ser utilizado para establecer la naturaleza y alcance de la auditoría, limitaciones y fecha de discusión del informe.

Resumen de aspectos principales: Se deben de  incluir  los hallazgos y observaciones, causas, efectos y riesgo detectado.


Informe Gerencial


Es un sistema de información q interactúan entre sí, cumple las necesidades para la parte de operaciones como la parte administrativa, es un conjunto de información extensa coordinada que transforman los datos en información en una variedad de forma para la mejora de la productividad de acuerdo al estilo y características de los administradores.

















CONFERENCIA


SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA(SAT)

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), es una entidad estatal descentralizada, que tiene competencia y jurisdicción en todo el territorio de la República de Guatemala para el cumplimiento de sus objetivos, tiene las atribuciones y funciones que le asigna su Ley Orgànica, Decreto. 1-98 del Congreso de la República.

La SAT goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, así como personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios.

En otras palabras, es el ente recaudador de impuestos del Estado de Guatemala.
Esta entidad cuenta con autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa -además de recursos propios- de modo que pueda encargarse de la administración tributaria, que contiene las principales funciones: ejercer la administración del régimen tributario y administrar el sistema aduanero de la República de Guatemala.
El gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, inició a principios de 1997 un conjunto de acciones orientadas a transformar y fortalecer el sistema tributario del país.
El directorio está formado por el Ministerio de Finanzas Públicas  –quien lo preside-, cuatro directores titulares y sus suplentes y el Superintendente de Administración tributaria quien actúa como su secretario.
La elección del superintendente se realiza cada cinco años y es electo por el Presidente de la República.